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Examinando Artículos de Revistas por Autor "Poyanco Bugueño, Rodrigo Andrés"
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Ítem Derechos sociales y políticas públicas: el principio de progresividad(Fundación Konrad Adenauer, 2018) Poyanco Bugueño, Rodrigo AndrésSocial rights involve a public policy component whose determination is outside the jurisdiction of constitutional judges. Therefore, attempts to directly adjudicate the social rights contained in constitutions encourage judges to engage in activism, evaluating elements that do not really correspond to legal interpretation, in a strict sense of the term. In order to demonstrate this assertion, this article will study some decisions of the constitutional and superior courts of Brazil, Colombia, Peru and Chile, as well as the Inter-American Court, which apply the so-called principle of progressivity in the fulfillment of social rights.Ítem El Derecho Internacional de los derechos sociales, el proceso constituyente chileno, y la opción entre un modelo de Estado social o un Estado subsidiario(Universidad de Vale do Rio dos Sinos (Unisinos), 2022) Poyanco Bugueño, Rodrigo AndrésPuesto que las consecuencias político sociales del principio de subsidiariedad consagrado en la Constitución Política de 1980 están en el centro del debate constituyente que se desarrolló en Chile entre 2019 y 2022, este artículo intenta determinar, en base a un análisis de doctrina y jurisprudencia chilena y comparada, si las normas que limitan el contenido de la futura Carta fundamental (art. 135 de la Carta fundamental vigente) obligaban a la Convención Constitucional a escoger entre los modelos de Estado subsidiario o Estado social. Se concluye que, por un lado, la Constitución vigente no impide más y mejores políticas sociales de cargo estatal, sino sólo el monopolio de la prestación de servicios sociales por parte del Estado; y por otro, que el derecho internacional de los derechos sociales ratificado por Chile y que se encuentra vigente (uno de los límites que podría extraerse del referido art. 135) tampoco establece un determinado entendimiento de los derechos sociales, que deba limitar jurídicamente la decisión que adopte la Convención Constitucional en relación al modelo sociopolítico que deba consagrarse en una nueva Carta fundamental. Por tanto, desde la perspectiva de lo establecido en el art. 135 de la Carta fundamental chilena, la Convención Constitucional mantiene plena libertad para mantener en la nueva Carta fundamental un modelo de Estado subsidiario, avanzar hacia un principio de Estado social o innovar en otro sentido.