Antimil Levimil, Ruth Ester2025-07-152025-07-152024https://hdl.handle.net/20.500.12254/4198Artículo Académico (Magíster en Derecho Público: Transparencia, Regulaciones y Control)--Universidad Finis Terrae, 2024El presente artículo tratará de analizar la responsabilidad de las entidades sostenedoras del servicio educativo de naturaleza municipal, con ocasión del traspaso de dicho servicio a los Servicios Locales de Educación. Lo anterior, por cuanto la Ley 21.040 que creó el Sistema de Educación Pública, puso fin a más de 35 años desde que los gobiernos locales, por si o a través de corporaciones municipales, tomaran a su cargo la administración de la educación. Bajo la calidad de sostenedores educacionales, estas entidades debieron llevar a cabo la gestión educativa, administrando a su vez los recursos financieros que en tal calidad le fueran transferidos, estableciéndose que el traspaso no obstante extingue la calidad de sostenedores, no exime a estas entidades, de su obligación de responder de las deudas e infracciones a la normativa educacional que hubieren tenido lugar durante su administración. Para el desarrollo de este artículo, se analizará tanto la normativa legal como asimismo sentencias y dictámenes dictados en la materia.esAtribución-NoComercial-CompartirIgual 3.0 Chile (CC BY-NC-SA 3.0 CL)CHILE LEY N° 21.040EDUCACIÓN PÚBLICA -- CHILESERVICIOS LOCALES DE EDUCACIÓN PÚBLICARESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA -- CHILEMUNICIPALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓNResponsabilidad de las entidades sostenedoras, con ocasión del traspaso del servicio educativo, regulado en la ley 21.040 que creó el sistema de educación públicaThesisPoyanco Bugueño, Rodrigo prof. guía