Ramírez Saavedra, Javier2022-02-072022-02-072021http://hdl.handle.net/20.500.12254/2245Artículo Académico (Magister en Derecho Público: Transparencia, Regulaciones y Control)--Universidad Finis Terrae, 2021La potestad disciplinaria que habilita a las Instituciones Públicas de Educación Superior para investigar los hechos que puedan constituir infracción a su normativa interna y sancionar a sus estudiantes constituye en la práctica, una manifestación del principio de autonomía, reconocido en la letra a) del artículo 2o de la Ley N°21.091 sobre educación Superior. Para un correcto ejercicio de esta potestad disciplinaria, se deberá precisar su naturaleza, lo que a su vez, permitirá determinar sus principales límites. En razón del importante rol social que cumplen estas instituciones en la provisión del derecho a la educación, es esencial que exista, como garantía a sus estudiantes y, a la sociedad en general, un claro limite y equilibrio al poder sancionador que estas ejercen. El presente trabajo abordará la materia desde la mirada de las Universidades del Estado, (en adelante también me podré referir a ellas únicamente como Universidades) en su calidad de servicio público perteneciente al subsistema universitario de Educación Superior.esAtribución-NoComercial-CompartirIgual 3.0 Chile (CC BY-NC-SA 3.0 CL)EDUCACION SUPERIOR -- CHILEUNIVERSIDADES PÚBLICAS -- CHILEESTUDIANTES UNIVERSITARIOS -- SANCIONES DISCIPLINARIASMAGISTER EN DERECHO PUBLICO: TRANSPARENCIA, REGULACIONES Y CONTROLTESIS DIGITALPotestad sancionatoriaAutonomía universitariaLímites a la potestad sancionadoraProtección garantías constitucionalesDerecho disciplinarioDisciplinary authorityUniversity autonomyDisciplinary authority limitsConstitutional guarantee protectionDisciplinary lawNaturaleza de la potestad sancionatoria que las universidades del Estado ejercen sobre sus estudiantes y sus límites ante situaciones ocurridas fuera del ámbito académicoTesisNavarro Beltrán, Enrique prof. guía